¿Que es PREA?
La Ley para la Eliminación de Violaciones en Prisión del 2003 (PERA por sus siglas en inglés) es la primera ley federal que se aprobó para abordar la violencia sexual en las prisiones y cárceles. PREA declara que la agresión sexual en centros de detención puede constituir una violación a la octava enmienda de la Constitución de los E.U. y requiere que las instituciones adopten medidas de cero tolerancias para esta forma de abuso. Los requerimientos de PERA aplican a todos los centros de detención, prisiones federales y estatales, cárceles, detenciones policiales, instalaciones privadas, y centros de detención de inmigración.
PREA creo la Comisión Nacional para la Eliminación de Violaciones en Prisión (NPREC – siglas en inglés), la cual se encarga de hacer recomendaciones al Procurador General estándares para responder a y prevenir la violencia sexual en centros de reclusión. Despues de revisar los estándares propuestos y recibir contribuciones, el Procurador General publicó una norma definitiva que contiene estos estándares para comentario publico en mayo del 2012, y esta entro en efecto el 20 de agosto del 2012. Los estándares aplican a prisiones federales y estatales, cárceles, centros de detención juvenil, detenciones y de reclusión comunitaria. El Departamento de Seguridad Nacional fue el responsable por escribir los Estándares PERA que aplican a centros de detención de inmigración. Estos estándares no fueron finalizados hasta febrero del 2014 y pueden ser encontrados aquí: http://www.gpo.gov/fdsys/pkg/FR-2014-03-07/pdf/2014-04675.pdf
¿Qué es Defensoría/Abogacía de la Victima?
Una victima de abuso sexual pude solicitar servicios de un centro de crisis por violación. Estas agencias de base comunitaria ofrecen servicios de defensoría/abogacía para apoyar a victimas de abuso sexual. La defensoría/abogacía de las victimas tiene sus raíces en ayudar a las victimas a sanar del abuso sexual, conocer los derechos que como victimas tienen y a familiarizarse con los recursos que ayudan a victimas.
Los defensores/as son profesionales que no son empleados de los centros correccionales quienes deben cumplir ciertos requisitos de capacitación y otras condiciones para trabajar con victimas de abuso sexual.
Solicite acceso aquí para revisar videos de capacitación de la Conferencia PREA para más información
Encuentre aquí a un/a defensor/a en un centro para la violación en su área
Sus Derechos como Víctima de Abuso Sexual
- El derecho a ser tratado/a con dignidad y respeto.
- El derecho a reportar de manera privada, segura y en distintas maneras.
- El derecho a tener a un/a defensor/a o a una persona que le apoye durante un examen médico forense.
- El derecho a tener un profesional médico y de salud mental sin costo para usted.
- El derecho a tener un/a defensor/a o a una persona que le apoye disponible durante el proceso de investigación.
- El derecho a presentar una declaración de la victima o reporte ante los tribunales.
¿Con Qué No le Puede Ayudar Un/a Defensor/a?
Ejemplos de las cosas que un/a defensor/a NO le puede ayudar incluye:
- Proveer consejo legal
- Tomar decisiones por usted
- Decirle si usted debe reportar el caso de abuso sexual o no
- Investigar el crimen
- Demandar que la institución cambie reglas sobre su asignación de vivienda
- Contactar a su familia o amigos por usted
- Brindar servicios terapéuticos o tratamiento de salud mental
Tenga siempre presente
- Los/las defensores/as están para ayudarle. Su papel no es hacer un reporte por usted, pero pueden darle información y pueden apoyarle si usted decide realizar un reporte.
- Los/las defensores/as pueden requerir que usted firme una forma de consentimiento otorgando permiso de brindar servicios de seguimiento.
- El personal del centro puede monitorear, grabar, o escuchar por casualidad sus conversaciones con el/la defensor/a. Usted puede verificar con el personal del centro para saber cual es la manera mas privada de hablar con un/a defensor/a.
- El cetro debe darle información a usted sobre como ellos monitorean la comunicación con los/las defensores/as.
- El personal del centro debe reportar cualquier caso de abuso sexual del que ellos se enteren.
- Un tribunal puede solicitar que un/a defensor/a u otra persona que haya escuchado sea testigo sobre lo que usted y el/la defensor/a se dijeron uno al otro.
- Si usted planea lastimarse a si mismo/a o a alguien mas, el/la defensor/a esta obligado a reportarlo.
- Por ley, un/a defensor/a debe reportar el abuso infantil.
Ejemplos de lo que un/a defensor/a puede ayudarle a usted:
- Hablar con usted por teléfono o por correo electrónico si usted ha sido abusado sexualmente durante la detención.
- Ayudarle con maneras de tratar el abuso sexual presente o pasado, o si usted o alguien a quien usted conoce a alguien que ha sido abusado/a.
- Hablar sobre su seguridad y ayudarle a planear su estadía segura mientras se encuentra detenido/a.
- Explicarle sus opciones PREA para reportar.
- Apoyarle durante el examen medico forense en el hospital de su comunidad.
- Hablar con el centro sobre servicios médicos y de saluda mental que usted puede utilizar si así lo desea.
- Defender/abogar para que el centro trabaje con usted para recibir servicios para atender sus continuas necesidades medicas y de salud mental relacionadas con el abuso.
- Darle información sobre servicios que el centro y la comunidad provee para dar seguimiento.
- Repasar con usted el proceso de investigación PREA del dentro.
- Darle apoyo durante la investigación.
¿Qué Pasa si Usted Ya no se Encuentra Encarcelado/a?
Si usted ha sido puesto/a en libertad de dicho centro de detención y se encuentra buscando ayuda, por favor vea los recursos a continuación. (enlace a la página de recursos).
Recursos PREA para Descargar (en inglés):
Estándares de PREA
Hoja de Datos PREA
Preguntas frecuentes OVW sobre STOP y Certificación PREA
Asociación de Justicia Nacional Criminal (NCJA-siglas en inglés) Penalidades Estatales PREA
Cumplimiento PREA
Actividades de Recopilación de Datos PREA, 2018; junio 2018, NCJ251672
Enlace de Recursos PERA (en inglés):
Departamento de Correcciones de Nuevo México
Solo Detención Internacional
Centro de Recursos PREA
Contacte a Carla en NMCSAP para más información: Correo electrónico ó 505-883-8020 ó 888-883-8020 gratis
El contenido para esta pagina de internet fue desarrollado por las Coaliciones de Programas de Abuso Sexual de Washington y Carolina del Norte. Este contenido fue editado y adoptado por New Mexico Coalition of Sexual Assault Programs.
Este proyecto fue apoyado por la concesión 2018-WF-424 y 2017-WF-322 otorgada por NMCVRC para STOP Formula Grant Program. Las opiniones, conclusiones, resultados, conclusiones y recomendaciones expresadas en esta publicación//programa/exhibición pertenecen a su autor(es) y no necesariamente reflejan los putos de vista de NMCVRC o del Departamento de Justicia, Oficina de la Violencia contra la Mujer.
Información adicional sobre PERA y recursos se encuentra siendo agregada. Por favor revise aquí muy pronto.